Hace años varios ayuntamientos fueron pioneros en el desarrollo de ordenanzas municipales que eliminasen las barreras legales y burocráticas y facilitasen el uso de técnicas de drenaje sostenible en las ciudades. El municipio de Lacey, en el Estado de Washington (EE.UU.), fue uno de estos ayuntamientos.
Lacey adoptó en su momento una ordenanza municipal de “Zero Impact Development” (Desarrollo Impacto Cero), como consecuencia directa de la conferencia celebrada previamente bajo el nombre de “Salmon in the City” (Salmón en la Ciudad). Esta conferencia – organizada por la Asociación de Obras Públicas Americana y otra treintena de entidades locales, estatales y federales – llamó la atención sobre el impacto del desarrollo urbanístico sobre la vida acuática, un mensaje de especial relevancia debido a que el Servicio Nacional de Pesca Marina acababa de colocar una de las especies locales de salmón en la lista de especies amenazadas.
La ordenanza municipal facilitaba cláusulas que permitían desestimar cualquier requerimiento legal que entrase en conflicto con el uso de prácticas de Desarrollo de Bajo Impacto (LID) o SUDS.
El objetivo principal de la ordenanza fue el de mantener las funciones hidrológicas naturales tras un desarrollo urbanístico, de manera que se consiguiese que el impacto efectivo de la superficie impermeabilizada se aproximase a cero. Esta regulación proveía a los promotores de la oportunidad de materializar superficies impermeabilizadas de impacto cero y de implementar diseños de áreas residenciales urbanas y técnicas de construcción sensibles al agua, haciendo a los LID una alternativa legal al diseño convencional de emplazamientos.
La ordenanza de Lacey estaba diseñada para proteger los cuerpos receptores y otros recursos acuáticos gestionando las aguas pluviales de forma más sostenible. Establecía los criterios que un proyecto de desarrollo debía cumplir para ser calificado como apto según los estándares vigentes. Estos criterios procedían directamente de la investigación presentada en la conferencia sobre los salmones, la cual describía las características fundamentales que debía reunir un cuerpo de agua limpio y saludable.
A estos criterios se los conoce como los estándares 60/0, en referencia a que al menos el 60% de las condiciones hidrológicas naturales deben mantenerse después del desarrollo y a que la superficie impermeable debe ser “no efectiva” o de cero efectividad impermeable (a esto también se le conoce como el estándar de “impacto cero”). Los desarrolladores pueden convertir las superficies impermeables en no efectivas desconectándolas de la infraestructura de drenaje convencional e instalando desarrollos que integren LIDs para capturar y tratar la escorrentía pluvial.
La ordenanza también exigía un monitoreo y evaluación, diseñados para medir el rendimiento de las soluciones implementadas con el objetivo de garantizar los objetivos de la normativa. La normativa de drenaje sostenible se basaba en programas de monitoreo de la calidad de las aguas específicos que documentaban los efectos negativos que el desarrollo urbano genera en los ecosistemas acuáticos.
La ordenanza “Desarrollo de Impacto Cero” estaba especialmente concebida para determinar las condiciones posteriores al desarrollo que permitiesen mantener éste por debajo del umbral del impacto a la vida acuática.
Fuente: Tom Holz, SCA Consulting Group (2001)
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